
BANDO MEDIDAS EXTRAORDINARIAS arbolado afectado por inclemencias meteorológicas.
María de la Sierra Serrano Flórez, Alcaldesa del Ayuntamiento de Collado Mediano,
HACE SABER:
Que, las condiciones climatológicas acontecidas durante las últimas semanas, con alertas amarillas y naranjas por agua y viento, han dejado un rastro de numerosos daños en el arbolado urbano, tanto privado como municipal, lo que hace necesario establecer las siguientes medidas extraordinarias de cara a la conservación y mantenimiento de arbolado urbano privado:
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Es de gran importancia que todos los propietarios de arbolado realicen una revisión exhaustiva de los ejemplares de su propiedad de cara a evaluar su viabilidad, así como las posibles actuaciones a realizar, de cara a su posible conservación o eliminación.
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Actuaciones URGENTES, estas actuaciones se podrán realizar sin necesidad de solicitar autorización:
a. Poda de seguridad sobre las ramas partidas, desgarradas o con peligro de caída.
b. Retirada de ejemplares caídos, incluidos los que presenten descalces.
*Las actuaciones se deberán realizar por los propietarios de arbolado, por parte del Ayuntamiento no se realizará ninguna actuación en parcelas privadas. En caso de posible afección a la vía pública se deberá actuar a la mayor brevedad posible.
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Actuaciones de SEGURIDAD, se deberá presentar la correspondiente solicitud de autorización de tala acompañada de fotografías justificativas del estado de los ejemplares.
a. Talas por riesgo de caída inminente (se debe apreciar un claro desplazamiento del ejemplar, abultamientos en la base, oquedades, fracturas del terreno)
Los ejemplares se podrán talar una vez presentada la solicitud, sin necesidad de esperar a la obtención de la autorización correspondiente. No obstante, el expediente seguirá su tramitación, no quedando eximido de la reposición de arbolado establecida en la Ley 8/2005, de 26 de diciembre de protección y fomento del arbolado urbano de la Comunidad de Madrid.
En caso de detectarse actuaciones de tala sobre ejemplares que no cumplan las características indicadas o estas no estén debidamente acreditadas se iniciarán los expedientes sancionadores correspondientes, pudiendo aplicarse sanciones con multa de 100.001 a 500.000 euros.
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Afecciones por ejemplares de colindantes. La obligación de retirar los ejemplares y correr con los gastos ocasionados de los posibles daños recae sobre el propietario del arbolado, ante posibles discrepancias o problemáticas existentes entre el propietario del arbolado y los posibles afectados, estas deberán solventarse a través de la Jurisdicción Civil, al tratarse de un conflicto de índole privada. No obstante, en caso de no poder contactar con los propietarios del arbolado, desde el Ayuntamiento, se intervendrá, en la medida de lo posible, a fin de dar traslado de la situación a los propietarios de los ejemplares, para ello deberá remitir correo electrónico a
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. indicando la dirección del árbol causante del conflicto.
Estas medidas extraordinarias estarán vigentes desde el pasado viernes 13/02/2026 hasta el próximo 22/02/2026, pudiendo prorrogarse en caso de nuevas alertas meteorológicas.



















